Inspección y vigilancia generalidades
La inspección, vigilancia y control del servicio público educativo está orientada a velar por el cumplimiento de los mandatos constitucionales en materia educativa, de los fines y objetivos generales de la educación, establecidos en la Ley 115 de 1994; procurar y exigir el cumplimiento de las leyes, normas, reglamentos y demás actos administrativos sobre el servicio público educativo, brindar asesoría pedagógica y administrativa para el mejoramiento de las instituciones que lo prestan y, en general, proponer el cumplimiento de las medidas que garanticen el acceso y la permanencia de los educandos en el servicio educativo y las mejores condiciones para su formación integral.
La inspección y vigilancia de la educación, como función de estado, se ejerce para verificar que la prestación del servicio educativo se cumpla dentro del ordenamiento constitucional, legal y reglamentario. Tiene como fin velar por su calidad, por la observancia de sus fines, el desarrollo adecuado de los procesos pedagógicos y asegurar a los educandos las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.
Es una función que se ejecuta mediante la evaluación de la totalidad o de parte específica de los procesos que desarrollan los establecimientos educativos, frente a las normas que deben cumplir. El resultado de este proceso de evaluación con fines de inspección y vigilancia, dará lugar a recomendar las acciones de mejoramiento y seguimiento o imposición de las sanciones institucionales a que haya lugar. Igualmente, en los eventos en los que se presuman responsabilidades personales, se procederá a dar traslado a otras autoridades para lo de su competencia. (Directiva Ministerial 14 del 2005)
Funciones del área
Líder del área: vacante temporal.
8281038 – 8280457 Ext. 1615.
Fecha de publicación 17/08/2023
Última modificación 07/09/2023