Aracellys Castro Quejada - Secretaria de Salud
Misión
Dirigir, coordinar, formular, adoptar, ejecutar, controlar y hacerle seguimiento al Sistema de la Protección Social, dentro de las directrices generales de la ley, los planes de desarrollo y los lineamientos del Gobierno nacional, departamental y municipal.
Objetivos
Vigilar y controlar la prestación de servicios, estimular la participación comunitaria, estimular la atención primaria en salud, diagnosticar el estado de salud, estimular la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, cumplir y hacer cumplir las políticas y normas trazadas por el Ministerio de Protección Social y las directrices de la Dirección Seccional de Salud de Antioquia.
Funciones
- Dirigir y coordinar la política social del Gobierno Municipal en las áreas de nutrición, protección y desarrollo de la familia, previsión y seguridad social integral acorde con el Plan de Desarrollo Municipal, a fin de dar cumplimiento a la misión institucional.
- Ejecutar las políticas que permitan aplicar los principios de solidaridad, universalidad, eficiencia, unidad e integralidad de los Sistemas de Seguridad Social Integral y Protección Social.
- Definir las políticas y estrategias para enfrentar los riesgos, promoviendo la articulación de las acciones de las entidades de Estado, la sociedad, la familia, el individuo y los demás responsables de la ejecución y resultados del Sistema de Protección Social.
- Definir políticas de coordinación con los organismos del Estado a quienes se les asignen funciones de protección social con las entidades privadas o entes especializados, para evitar duplicidades y optimizar la oferta y demanda de servicios.
- Dirigir, coordinar y estimular, conforme a las disposiciones legales y disponibilidades financieras del Sistema, las políticas y directrices encaminadas a fortalecer la indagación, consecución, difusión y aplicación de los avances nacionales en el campo del cuidado, protección, desarrollo de la salud y la calidad de vida, así como en la prevención de las enfermedades.
- Adelantar los procesos de coordinación con relación a las instituciones prestadoras de servicios de salud que se encuentren vinculadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud y por ende frente a las cuales media control de tutela, así como en relación con las demás instituciones prestadoras relacionadas con el sistema.
- Definir políticas tendientes a facilitar la divulgación para el reconocimiento y pleno conocimiento de los derechos de las personas en materia de previsión y seguridad social y protección social, así como la información relativa a los avances en materia de cuidado, protección y mejoramiento de la calidad de vida.
- Definir, adoptar, administrar, implementar y regular, en coordinación con las entidades competentes, el Sistema de Información del Sector que comprenda la previsión y los Sistemas de Seguridad Social Integral y de Protección Social, y establecer los mecanismos para la recolección, tratamiento, análisis, reporte y utilización de la misma.
- Generar la información estadística que permitan la elaboración de diagnóstico y pronósticos del perfil epidemiológico del municipio.
- Solicitar y suministrar a las respectivas entidades u organismos municipales, la información que sea necesaria para la actualización y el correcto funcionamiento del Sistema de Información del Sector.
- Velar por la ejecución de las políticas, planes y programas en las áreas de salud, salud ocupacional, medicina laboral, higiene y seguridad industrial y riesgos profesionales, tendientes a la prevención de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.
- Definir, desarrollar y coordinar políticas en materia de seguridad y protección social para el sector informal de la economía, el sector no dependiente y el sector rural, y promover la ampliación de la cobertura de la seguridad y la protección social en los mismos.
- Vigilar la oferta pública y privada de servicios de salud, promover mecanismos para la libre elección de prestadores por parte de los usuarios y la garantía de la calidad, y, promover la organización de redes de prestación de servicios de salud.
- Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de los servicios de salud para la población de su jurisdicción.
- Velar por el cumplimiento de las normas que regulan la protección y desarrollo de la familia y la sociedad, la previsión y la Seguridad Social Integral en el Sector Público y Privado.
- Vigilar el cumplimiento de los requisitos que deben cumplir las entidades promotoras de salud, las administradoras del régimen subsidiado e instituciones prestadoras de servicios de salud para obtener la correspondiente habilitación.
- Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas y las disposiciones legales relativas al control de los factores de riesgo medioambientales, en especial los derivados del consumo y del trabajo.
- Ejercer las funciones de inspección y vigilancia sobre el ejercicio de profesiones que forman parte del Sistema de Seguridad Social en Salud, de acuerdo con lo establecido en el presente decreto y en la Ley 10 de 1990.
- Coordinar la programación, supervisión y evaluación de programas, estrategias y proyectos focalizados de la política social y Promover su inclusión en los planes y programas departamentales y nacionales.
- Velar por la viabilidad, estabilidad y equilibrio financiero de los Sistemas de Protección Social y Seguridad Social Integral y los demás sistemas asignados a la Secretaria de la Protección Social y gestionar los recursos para mejorar y hacer más eficiente su asignación y asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos establecidos en el Plan de Desarrollo.
- Gestionar el recaudo, flujo y ejecución de los recursos con destinación específica para salud del municipio y administrar los recursos del Fondo Local de Salud.
- Promover la participación de las organizaciones comunitarias, las entidades no gubernamentales, las instituciones asociativas, solidarias, mutuales y demás participantes en el desarrollo, consolidación, vigilancia y control de los Sistemas de Protección Social y salud, Seguridad Social Integral y protección y desarrollo de la familia y la sociedad.
- Impulsar mecanismos para la adecuada participación social y el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud. Atender y canalizar las quejas que los usuarios presenten sobre la eficiencia en la prestación de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
- Vigilar que las tarifas y cuotas de recuperación por los servicios prestados correspondan a las condiciones socioeconómicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo a los que para tal efecto se establezcan.
- Estimular y promover el desarrollo de una cultura en las relaciones laborales que propenda por el diálogo, la concertación, la solución pacífica de los conflictos individuales y colectivos de trabajo y la protección social de los grupos vulnerables.
- Elaborar en coordinación con Instituciones y comunidad el Plan de Desarrollo del Sector para su incorporación en el Plan Municipal de Desarrollo.
- Determinar las políticas a ser adoptadas tendientes a fomentar y promocionar la salud y la prevención de la enfermedad, que garanticen la ejecución del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PSPIC) y eleven la calidad de vida de la comunidad, a través del fortalecimiento de los servicios.
- Establecer los programas, proyectos, estrategias y el plan de acción y Coordinar con la Dirección de Planeación, tanto en su etapa de elaboración y formulación, para que sean inscritos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal, para el logro de las políticas consagradas en el Plan de Desarrollo Municipal y liderar su ejecución.
- Preparar y presentar al Concejo Municipal los proyectos de Acuerdo relacionados con el Sector.
- Asistir ante el Concejo Municipal, juntas, comités y otros estamentos cuando estos lo requieran o le sean delegados por el señor Alcalde para que lo represente.
- Controlar, analizar y evaluar la ejecución de planes y programas en las áreas de previsión, seguridad social integral y protección y rendir informes periódicos al Alcalde y demás instituciones que lo requieran para su correspondiente análisis, seguimiento y toma de decisiones.
- Velar por la inspección, vigilancia y control de productos, establecimientos, personal y transporte relacionados con las actividades del consumo de alimentos y medicamentos, a fin de prevenir enfermedades.
- Ejercer vigilancia, control y regulación sobre los factores de contaminación del agua para el consumo humano, saneamiento de edificaciones y del ambiente en general.
- Ejercer control sobre las Empresas Promotoras de Salud (EPS, Contributivas y Subsidiadas), Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS), Empresa Social del Estado (E.S.E.), con influencia en el Municipio, para garantizar a la comunidad en general una atención eficiente y oportuna.
- Propiciar a las personas pobres y vulnerables del municipio para que reciban subsidios de salud y accedan al Plan Obligatorio de Salud subsidiado.
- Establecer estrategias y acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y vigilancia en salud pública que garanticen la accesibilidad y cobertura de la población del municipio de Apartadó.
- Gestionar ante las diferentes dependencias de la entidad o con organismos del orden Municipal, Departamental, subregional, Nacional e internacional, la obtención de recursos económicos, técnicos, tecnológicos y humanos, a fin de ejecutar políticas, programas y proyectos en materia de Salud, que permitan ampliar y mejorar la prestación de los servicios.
- Supervisar y Verificar la ejecución del presupuesto para que los recursos provenientes de las diferentes fuentes de financiamiento, se administren adecuadamente y utilicen en función de las prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal.
- Garantizar la atención de primer nivel a la población vinculada a través de las I.P.S. (s) públicas o privadas con asiento en la zona de influencia.
- Participar en las juntas directivas de la ESE (o las) de su jurisdicción, cumpliendo las funciones asignadas por ley o por actos administrativos.
- Adoptar, las acciones necesarias para garantizar el sistema de gestión de la calidad y el control interno dentro de la dependencia.
Metas
Para el año 2015, la Dirección Local de Salud contará con los recursos y talento humano necesario, para dirigir y gestionar el Sistema de Seguridad Social en Salud y articular todos los actores sociales, logrando de esta manera que todos los habitantes del municipio de Apartadó sean saludables y gocen de una buena calidad de vida.
Datos de contacto
Dirección: Carrera 100 # 106-54
Teléfono: +57 (604) 8280457 ext. 130
Fax: +57 (604) 8280457 ext. 130 | +57 (604) 8280175
Horario de atención al público:
De lunes a viernes: De 7:30 a.m. a 12:00 p.m. | De 2.00 a 6:00 p.m.
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