Estimados Directivos Docentes del Municipio.
Conforme a la Ley 115 de 1994, Ley General de la Educación, en el Capítulo 2°, artículo 142: “(…) Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un gobierno escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico”.
Por su parte las instituciones educativas privadas establecerán en su reglamento un gobierno escolar para la participación de la comunidad educativa, a que hace referencia el artículo 68 de la Constitución Política.
En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los docentes, del personal administrativo y de los padres de familia en aspectos relacionados con la adopción del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y todas las acciones que favorezcan la convivencia y práctica de la participación democrática en la vida escolar…