Estimados Directivos Docentes Oficiales del Municipio.
En relación con lo establecido en el Decreto 1625 de 2016 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria – en adelante DUR, y lo dispuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN a través de la Resolución No. 000042 del 5 de mayo de 2020 “Por la cual se desarrollan los sistemas de facturación electrónica, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título de valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación”, dichas normas determinan que todas las empresas en Colombia deben implementar el proceso de emisión y recepción de la factura electrónica a partir del 1 de octubre de 2020.
En coherencia con lo anterior, el Municipio de Apartadó en ejercicio de las responsabilidades legales sobre los fondos de servicio educativos de las Instituciones oficiales de Apartadó informa que se debe implementar el proceso de emisión de facturación electrónica para aquellos ingresos diferentes a impuestos, tasas y contribuciones (Fiscales) e igualmente con la recepción de la factura electrónica de los diferentes proveedores de bienes, productos o servicios; lo cual está regulado en el Estatuto tributario nacional en sus artículos 616-1 y 616-2…