Estimados Directivos Docentes Oficiales del Municipio.
En concordancia con el Decreto 1567 de 1998 que establece que las Entidades Públicas están en la obligación de organizar anualmente, para sus empleados programas de bienestar social e incentivos y la ley 909 de 2004, que establece que con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos; la Secretaria de Educación y Cultura del Municipio de Apartadó se permite socializarles el plan de bienestar laboral para la vigencia 2021.
Los invitamos a participar activa y proactivamente en cada una de las actividades programadas, las cuales fueron diseñadas en concordancia con las necesidades del personal docente previamente identificadas.