Estimados Directivos Docentes Oficiales del Municipio.
La Secretaría de Educación y Cultura en cumplimiento de lo señalado por la ley 70 de 1988, que establece que los empleados del sector oficial que trabajan al servicio de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales, empresas industriales o comerciales de tipo oficial y sociedades de economía mixta, tendrán derecho a que la entidad en que laboran les suministre cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un par de zapatos y un (1) vestido de labor, siempre que su remuneración mensual sea inferior a dos (2) veces el salario mínimo vigente y que esta prestación se reconocerá al empleado oficial que haya cumplido más de tres (3) meses al servicio de la entidad empleadora y el Decreto 1978 del 31 de agosto de 1.989 que establece que el suministro de dotación de VESTUARIO Y CALZADO deberá hacerse los días 30 de abril, 30 de agosto y 30 de diciembre de cada año y que este no constituirá salario ni se computará como factor del mismo en ningún caso convoca a todos los docentes a los que les asiste este derecho a la entrega de las dotaciones correspondientes al 30 de abril y al 30 de agosto de la presente anualidad…